TÉRMINOS Y CONDICIONES
SORTEO 2025 “Cumple PROME”.
Preliminar
El presente sorteo es organizado por Provincia Microempresas S.A, en adelante, Provincia Microcréditos y/u Organizador, una sociedad debidamente constituida con domicilio legal en San Martín 108, piso 14 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cualquier persona que no esté de acuerdo en su totalidad con estos términos y condiciones, cuyo carácter es obligatorio y vinculante, deberá abstenerse de participar de este Sorteo. Se deja expresamente aclarado que esta Sorteo es sin obligación de compra.
Las/ los participantes, deberán leer de forma previa, comprender y aceptar en su totalidad los términos y condiciones aquí establecidos, en las políticas de privacidad, así como en los demás documentos incorporados por referencia, los que se encuentran individualizados y son parte necesaria de las reglas que rigen la relación entre ambas partes. En consecuencia, previo a su registración y/o participación, las/ los participantes deberán optar de forma expresa por brindar y recibir los mismos y toda otra información por medios legales, ya que las reglas, obligaciones y derechos previstos son vinculantes y válidos para todas las y los participantes dentro de ella.
1.- Acerca del Sorteo “Cumple Prome”.
El Organizador realiza el presente Sorteo con las y los participantes que hayan solicitado y obtenido durante la vigencia del Sorteo un préstamo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para personas microemprendedoras a través de Provincia Microcréditos conforme lo establecido en las cláusulas subsiguientes.
El presente Sorteo tiene como objeto otorgar, mediante asignación por sorteo de tarjeta Gift Card (tarjeta de regalo) asignadas de la siguiente manera: a la persona ganadora del primer sorteo y premio se le asignará una Gift Card por la suma de $ 250.000 (doscientos cincuenta mil pesos argentinos); a la persona ganadora del segundo sorteo y premio se le asignará una Gift Card por la suma de $150.000 (ciento cincuenta mil pesos argentinos); a la persona ganadora del tercer sorteo y premio se le asignará una Gift Card por la suma de $ 100.000 (cien mil pesos argentinos). Cada persona ganadora debe cumplir con todos los requisitos establecidos en los presentes términos y condiciones. En adelante, será “La persona ganadora” o “La persona sorteada”.
Sin perjuicio de lo que a continuación se detallará, se entenderá por Gift Card como medio de pago pre-cargado por el Organizador que permite a su titular adquirir bienes o servicios en un establecimiento específico o dentro de una red de comercios. La persona Sorteada o Ganadora no podrá reclamar el uso de la GiftCard en comercio distinto a los ofrecidos por el Organizador.
2.- Plazo de vigencia.
El presente Sorteo tendrá vigencia desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025 y podrá estar sujeta a renovación, en el caso de que el Organizador, a su sólo arbitrio, así lo considere. Pudiendo liquidar el crédito entre el mes de Agosto y Septiembre de 2025.
3.- Participantes- Generalidades.
Más allá de los requisitos específicos previstos en las cláusulas siguientes, podrán participar del Sorteo todas las personas humanas mayores de 18 años de edad que (i) tengan domicilio en la Provincia de Buenos Aires y/o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (ii) que hayan obtenido un préstamo del Banco Provincia de Buenos Aires a través de Provincia Microcréditos durante los meses de agosto y septiembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 3.1 de los presentes Términos y Condiciones.
3.1.- Requisitos
Adicionalmente a lo establecido en la cláusula 3 “Participantes. Generalidades” podrán participar del sorteo únicamente las personas que:
- Solicite y obtenga durante la vigencia del Sorteo Comercial, un préstamo para microemprendedores a través Provincia Microcréditos únicamente a través de la línea denominada “Línea Tradicional” (https://www.provinciamicrocreditos.com.ar/creditos/simulador/).
Se entenderá por “Línea Tradicional” -a los efectos del presente Sorteo – a los créditos que no estén incluidos en convenios especiales suscritos entre el Organizador y Municipios y/o Ministerios y/o cualquier otra entidad que otorgue subsidio cualquiera fuera este; ni cuente con tasas preferenciales. Se entenderá a los efectos de este sorteo por “obtener” que dicho préstamo se haya liquidado durante la vigencia del Sorteo. Dicho préstamo deberá ser efectivamente otorgado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
- No haber recibido anteriormente un reintegro por la misma Campaña
4.- Del Sorteo y su forma de entrega.
Conforme lo indicado en la Cláusula 1, el Sorteo consistirá en el otorgamiento por parte del Organizador a cada una de las Personas Ganadoras, de una Giftcard por un valor de $ 250.000 ARS (pesos argentinos) correspondiente al 1° Premio, $150.000 ARS (pesos argentinos) correspondiente al 2° Premio y $100.000 ARS (pesos argentinos) correspondiente al 3° Premio.
Dicho Sorteo será llevado a cabo por el Organizador mediante la aplicación AppSorteos, de donde surgirá “La Persona Ganadora”, conforme lo establecido en las presentes bases y condiciones.
La “Persona Ganadora”, que resulte vencedora de este sorteo, será notificada de la obtención del premio por medio de email y/o vía ejecutivo comercial del cliente que resultase ganador.
La entrega de la Gift Card, a la “Persona Ganadora”, será enviada por medio de email, que se encuentre registrado en las bases de datos del Organizador. No dando derecho el presente a reclamo de ningún tipo por dicha cuestión.
Es importante destacar, que el valor de la Gift Card de la suma establecida precedentemente no dará derecho a reclamo alguno por ningún tipo de actualización o depreciación de la moneda por el mero transcurso del tiempo, la suma establecida será otorgada a valor nominal conforme las presentes bases y condiciones.
Se deja expresamente establecido que sólo se procederá a realizar el otorgamiento de una única Gif Card, a la “Persona Ganadora”, que resulte ganador/a del presente Sorteo. Asimismo, se deja expresa aclaración a las y los participantes aceptan expresamente que el presente Sorteo no es acumulable con cualquier otro beneficio, campaña comercial, sorteo, subsidio, vigente en el presente y/o futuro por lo que el préstamo obtenido quedará automáticamente excluido una vez se proceda al otorgamiento de la Gift Card de acuerdo con los presentes Términos y Condiciones.
4.1. Otorgamiento del premio.
Una vez verificado todos los requisitos, y asimismo el cumplimiento de la cláusula 3.1, el Organizador procederá al otorgamiento de la Gift Card de regalo a la “Persona Ganadora” de acuerdo con la Cláusula 4.2, a la persona que resulte vencedora del sorteo conforme lo establecido en las presentes bases y condiciones.
4.2. Validación de datos, requisitos y notificación de la obtención del premio a la “Persona Ganadora»:
Corroborado que sean cumplidos los requisitos establecidos, el Organizador procederá a:
- Validar que la información esté correctamente cargada y su veracidad.
- Comprobar la existencia de los requisitos de procedencia establecidos con anterioridad.
- Notificará a la persona interesada a través de la casilla de correo electrónico que hubiera informado al momento de la solicitud del préstamo vinculado a la presente Sorteo.
- Otorgar una Gift Card de regalo conforme lo establecido en el 1 de las presentes bases y condiciones, en un plazo no mayor a 30 días desde la finalización del Sorteo establecido en la cláusula 4.
- La Gift Card no es endosable, reembolsable, ni transferible a terceros ajenos a dicho vínculo. La Gift Card no es canjeable por dinero en efectivo, acreencias para con el Organizador, o deudas mantenidas con este de cualquier naturaleza, ni por ningún otro bien o servicio.
5.- Incompatibilidades y Limitaciones.
En caso de que Provincia Microcréditos detecte irregularidades (entiéndase como registro de morosidad de cuotas, o auditorías que confirmen posible fraude en la recolección de datos y otros que pudieran detectarse durante el curso del presente Sorteo) y/o causales de exclusión por incumplimiento de los requisitos detallados en el presente, se procederá a suspender a la persona Participante informándole dicha situación mediante correo electrónico y procediendo a eliminarlo de la lista de potenciales ganadores de la Gift Card. La persona participante podrá subsanar los errores y/o faltas que se le hubieran comunicado, quedando habilitado a participar de próximas campañas, sorteos, previa verificación por parte del Organizador.
5.1 Exclusiones.
No podrá participar del sorteo el personal ni los directivos del Organizador y/o del auspiciante y/o de sus agencias de publicidad y/o promoción y/o accionistas, ni los auditores y ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de ellas dentro de los 180 días anteriores al comienzo del Plazo de Vigencia del Sorteo ni tampoco parientes por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado y cónyuges de dichas personas. Este S está sujeto a todas las leyes y regulaciones federales, provinciales y locales. No es válida donde esté prohibida.
Quedan excluidos de participar, aquellas personas que no sean clientes de Provincia Microcréditos.
- Interpretación.
Ante cualquier discrepancia entre el contenido de los presentes términos y condiciones y el contenido de la publicidad gráfica y/o en los medios de comunicación, prevalecerá el contenido de los presentes términos y condiciones. En caso de ser advertida una eventual discrepancia en este sentido, por parte del usuario, este deberá comunicarla por el canal de contacto dentro del plazo de vigencia del Sorteo. En el supuesto de ser advertida por el Organizador, este lo comunicará al mail denunciado por las personas participantes.
El Organizador se reserva el derecho de interpretar los alcances de estos términos y condiciones, así Sorteo, siendo su decisión inapelable. Si cualquier cláusula o disposición de estos términos y condiciones fuera inválida, ilegal o no pudiera exigirse su cumplimiento en razón de una disposición legal o de orden público, las demás cláusulas y disposiciones permanecerán en plena vigencia y efecto, y dicha cláusula o disposición inválida, ilegal o inexigible será reformada por el Organizador de forma tal de ajustarse a la ley aplicable o al orden público, e implementar lo más fielmente posible su intención original, atendiendo al fin del Sorteo.
El Organizador determina el Sorteo y sus procedimientos, e incluso prorrogar los plazos o suspender y/o cancelar el Sorteo por razones de oportunidad, mérito o conveniencia o por razones de fuerza mayor, sin necesidad de aviso previo alguno, y sin derecho a reclamo alguno a favor de las y los Participantes.
Bajo ningún concepto podrá interpretarse la relación contractual entre el Organizador y las personas Participantes como una de índole laboral, quedando expresamente establecido que la misma será de carácter meramente comercial y al solo fin establecido en los presentes términos y condiciones.
- Misceláneas.
El Organizador no se hace responsable por la imposibilidad de participar que pudiera estar originada por cualquier situación ajena a este, y que pudiere afectar la participación incluyendo de forma enunciativa, sin que lo siguiente configure una limitación: inconvenientes en la utilización o funcionamiento de los banners publicitarios, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo del Sorteo.
La responsabilidad del Organizador culmina con la entrega del reintegro al Participante ganador. Cualquier violación a estos términos y condiciones o a los términos y condiciones, implicará la inmediata exclusión de la persona participante del Sorteo y/o la revocación del reintegro.
La participación en el Sorteo es libre y gratuita, sujeta a las condiciones descriptas en la presente. La información suministrada es cierta, objetiva, veraz, del Sorteo. La participación en el Sorteo implica la aceptación lisa y llana de estos términos y condiciones.
La/s y lo/s personas seleccionadas del Sorteo autorizan al Organizador a utilizar los datos personales de las personas participantes con fines publicitarios, en los medios y formas que el Organizador considere convenientes sin derecho a compensación alguna por difusión pública, por el tiempo que el Organizador considere apropiado, en los términos del artículo 1770 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley número 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley número 22.362, artículos 5 y 6 de la ley número 25.326 y toda otra normativa concordante.
- Tratamiento y protección de datos personales.
La participación en el Sorteo implicará la conformidad por parte del Participante del consentimiento previsto en los artículos 5º y 11º de la Ley Nº 25.326. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, y/o imágenes, y/o videos, y/o audios de las personas participantes, Potenciales personas Ganadoras y/o personas ganadoras por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna. La persona titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la mencionada Ley (sus normas reglamentarias, concordantes y modificatorias). La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la mencionada ley, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. La persona titular del dato podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la bases de datos, comunicándose al teléfono 0800-777-7663.
- Jurisdicción y Regulación aplicable.
Los presentes términos y condiciones, su interpretación, validez y ejecución serán regidos por las leyes de la República Argentina. Los Participantes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. La previa lectura, análisis y conformidad expresa otorgada previamente por la persona participante de los presentes términos y condiciones, es condición necesaria para la incorporación al Sorteo.